5 hechos y malentendidos comunes sobre el experto vocacional en una audiencia de Seguro Social por Incapacidad en Texas

La audiencia del Juez de Derecho Administrativo (“Administrative Law Judge” en inglés y por sus siglas “ALJ”) puede ser un evento desconcertante y confuso para los reclamantes de seguro social por incapacidad en Texas. Pocos reclamantes por incapacidad han estado involucrados en un procedimiento legal como este. Frecuentemente, una fuente de confusión se enfoca en el Experto Vocacional (“Vocational Expert” en inglés y por sus siglas “VE”) – hoy en día casi siempre están presentes en las audiencias del seguro social por incapacidad de Dallas Fort Worth en Texas. El papel del VE es proporcionar al Juez de Derecho Administrativo un testimonio sobre el mercado laboral, la economía y el impacto que ciertas limitaciones e impedimentos pueden tener en la capacidad de trabajar. A continuación, están los 5 hechos y malentendidos comunes sobre el VE según lo que he visto en mi práctica de seguro social por incapacidad durante los últimos 25 años en Dallas, Texas.

1. El Experto Vocacional (VE) no está para ayudarle a encontrar un trabajo ni para proporcionarle consejos vocacionales.

Los solicitantes de seguro social por incapacidad que tengan una solicitud pendiente para una audiencia administrativa, eventualmente recibirán una carta por correo donde se establece la fecha, hora y lugar de la audiencia. El Aviso de Audiencia (Notice of Hearing en inglés) es un documento largo con mucho lenguaje estandarizado (no es sorprendente, después de todo, estamos tratando con el gobierno federal). Incluye un aviso sobre el VE y una copia de la carta enviada al VE pidiéndole que esté presente y que testifique en la audiencia. Muchos de los reclamantes, quizás la mayoría, están confundidos sobre el papel del VE, y muchos suponen que el VE tratará de encontrarles un trabajo o darles consejos sobre cómo conseguir uno. Para muchos, esa posibilidad puede ser desconcertante, ya que creen que no pueden trabajar y entonces sospechan que el gobierno quiere negar su reclamación, armados con el testimonio del VE sobre los trabajos que uno “debería” salir y solicitar.

El VE no tendrá ningún papel como consejero vocacional para el solicitante de beneficios por incapacidad. No le ayudará con sus habilidades laborales ni con la búsqueda de trabajo, en la mayoría de los casos no tendrá ninguna conversación o diálogo con el solicitante: sólo estará presente para proporcionarle pruebas al responder a las preguntas del juez.

2. El Experto Vocacional (VE) no decide si usted está incapacitado o no.

Otro miedo común que tienen los reclamantes por incapacidad al recibir el Aviso de Audiencia es que esa “persona vocacional” sea parte de la decisión sobre si el reclamante gana o pierde su caso. El experto vocacional no es el que decide – el Juez de Derecho Administrativo (ALJ) es la única persona que toma la decisión sobre si se le aprueba o no los beneficios del seguro social por incapacidad.

3. El Experto Vocacional (VE) clasificará trabajos anteriores según como se realizan generalmente en la economía nacional, esto puede ser diferente a las exigencias que usted enfrentaba en su trabajo anterior.

Una parte crucial del trabajo del Juez de Derecho Administrativo (ALJ) es evaluar con precisión las exigencias laborales del “trabajo relevante del pasado” (trabajo realizado por el reclamante en los últimos 15 años). Se puede negar a los reclamantes los beneficios del seguro social por incapacidad si se demuestra que pueden volver al trabajo relevante del pasado, ya sea como realmente se desempeña o como se desempeña generalmente en la economía nacional. El Diccionario de Cargos Profesionales (“Dictionary of Occupational Titles” en inglés y “DOT” por sus siglas) es una gran publicación gubernamental que describe trabajos específicos y sus requisitos funcionales. El VE da al ALJ su opinión sobre cómo se clasificaría en el DOT cada uno de los trabajos relevantes del reclamante en el pasado. Muchas veces, este testimonio puede resultar confuso para los reclamantes cuando los requisitos del trabajo anterior se realizaron de manera distinta a como se describe en el DOT.

4. El hecho de que el juez haga pocas preguntas o que no le pregunte nada al experto vocacional no significa que usted haya ganado o perdido.

Es muy confuso, lo sé. ¿Por qué el Juez de Derecho Administrativo (ALJ) le pidió al VE que viniera a la audiencia y no le hiciera ninguna pregunta? Muchos reclamantes suponen que si el juez no le hace muchas preguntas al VE, quizás ninguna, significa que el juez negará su caso. Otros concluyen que el silencio del juez debe ser una buena señal. Es un ejemplo de cuando es especialmente bueno tener un abogado local con experiencia con seguro social por incapacidad que conozca al juez del caso. En mi opinión, el hecho de que un juez no le haga preguntas al VE es normalmente una buena señal porque en general cuando un juez cree que el reclamante no está incapacitado se asegurará de que haya un registro de pruebas completo para respaldar la negación de los beneficios. El testimonio del VE formará parte de esas pruebas. Sin embargo, es posible que el silencio del ALJ no refleje la opinión de que el reclamante tiene derecho a beneficios por incapacidad. Recuerden que hasta el momento de la audiencia, la administración de seguridad social había negado al solicitante sus beneficios. El ALJ puede opinar que esa decisión fue correcta, en base a las pruebas, y que no fue necesario presentar más pruebas profesionales durante la audiencia.

5. El hecho de que el VE diga que “no hay trabajos” no significa que usted haya ganado.

El Juez de Derecho Administrativo (ALJ) generalmente le hará al VE una serie de preguntas hipotéticas sobre una persona ficticia y las probabilidades de que esa persona obtenga empleo. Lo extraño es que la edad, la formación profesional y la experiencia laboral pasada de esta persona hipotética coinciden con las características del reclamante (es un sistema muy raro). Actualmente, los jueces están capacitados para empezar esa serie de preguntas con los impedimentos funcionales menos restrictivos. Usualmente estas son las restricciones y limitaciones que el gobierno ha encontrado en el caso del reclamante durante la decisión inicial y/o reconsideración. Entonces, no será una sorpresa que el VE responda a la primera pregunta hipotética del juez, opinando que el reclamante podría volver a su trabajo anterior y podría hacer otros trabajos similares en la economía nacional. La última pregunta hipotética que el ALJ le hace al VE usualmente tiene que ver con las restricciones más extensas y severas que el juez supone que hará que VE testifique que “no hay trabajos” que una persona pueda hacer con esos problemas. Es muy satisfactorio escuchar al VE decir “no hay trabajos” pero no significa necesariamente que se haya logrado la victoria.

Las preguntas hipotéticas que el juez le hace al VE exponen el impacto laboral que tendrían las supuestas restricciones. El papel del juez es determinar si esas restricciones se relacionan de manera “razonable” con las pruebas médicas. Así que sólo porque el juez le pregunte al VE si hubiera trabajos para una persona que se esperaría que faltara al trabajo crónicamente debido a su condición médica durante 5 días al mes – resultando en el testimonio del VE “no hay trabajos” – no significa que el juez crea que la enfermedad del reclamante resultaría de manera razonable en tal ausentismo crónico.

Contratar a un abogado de seguro social por incapacidad experimentado y del área local asegurará que el reclamante entenderá la mayoría de lo que sucede en su audiencia, y qué tipo de papel juega el VE. Tal vez lo que es más importante es que un abogado de seguro social local y con experiencia le asegurará que usted sabrá que sus intereses están siendo protegidos: aunque no entienda del todo lo que sucede en la audiencia del Juez de Derecho Administrativo.

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